Edad Media
Lavado a partir de usura
En la Edad Media podemos encontrar un embrión de “lavado de dinero”, ya que los mercaderes y prestamistas medievales, convertían sus ganancias provenientes de la usura, en ganancias lícitas. Cabe recordar que en un mundo profundamente cristiano, cobrar ntereses por préstamos o sacar ganancia de las transacciones comerciales, era considerado usura y un delito severamente castigado. Esta imposición surge en épocas de Carlomagno, entre los siglos IX y X, para extenderse durante todo el período.
Se entendía por usura cualquier trato que suponga el pago de interés, por lo que se aplicaban castigos espirituales entre otros, la negación de sepultura en tierra santa, la excomunión, o la obligación de restituir los bienes ilícitos. Si bien se recurrió a estos castigos en casos excepcionales, los banqueros y mercaderes, pronto encontraron la manera de disfrazar la usura camuflando el interés, diciendo que el dinero provenía de un donativo voluntario del prestatario y otras diciendo que provenía de una multa cobrada por no haber sido devuelto el dinero en el plazo convenido.
A veces la usura se disfrazaba de tal forma que era imposible descubrirla, como el caso de letras de cambio falsas que mencionaban operaciones de cambio que no se habían efectuado realmente.
Edad Moderna
Lavado a partir de piratería. Seguros. Contrabando.
En la Edad Moderna, con los permanentes ataques de la piratería, particularmente a galeones españoles que transportaban oro de América a Europa, podemos seguir una línea de ocultamiento de grandes ganancias del producto de esos asaltos. Así como en la creación de los seguros: donde muchas empresas fraudulentas, vinculadas a actividades navieras, cobraban grandes sumas de dinero por accidentes que no habían sucedido, e invertían esas ganancias espurias en inversiones destinadas a fines lícitos.
Viniendo a nuestro Río de la Plata, también encontramos durante el siglo XVIII la modalidad de convertir en lícito el dinero producto de actividades del contrabando que se realizaba con Inglaterra, Holanda y Portugal, que motivó a la Dinastía de los Borbones a crear el Virreinato del Río de la Plata en 1776.
Edad Contemporáneo
Mafias. Narcotráfico. Convenciones y Protocolos. Creación de la UIF Argentina.
Ya en nuestra actual Edad Contemporánea, el “lavado de dinero” se fue perfeccionando, hasta llegar a ser hoy, un flagelo en las economías mundiales.
Cuando en Estados Unidos se impuso la prohibición de la venta y consumo de bebidas alcohólicas, empezaron a aparecer organizaciones que se encargaban de destilar alcohol para vender de forma ilegal.
En este contexto, Al Capone, incorporó la utilización de la “Mafia” como forma desplegar todas sus actividades ilícitas, no solo relacionadas con la venta de alcohol, sino también con la prostitución y el juego ilegal. Este concepto de “mafia” se relacionó con los “hombres de honor” sicilianos, que contaban con temibles secuaces para realizar todo tipo de coacción, no sólo contra los ciudadanos comunes, también contra autoridades policiales y judiciales, entrando a jugar un papel importante la corrupción y los “testaferros”.
De esta manera tuvieron origen poderosas organizaciones transnacionales que pronto extendieron su modalidad delictiva por el mundo.
Luego que el mundo quedara devastado por las 2 Guerras Mundiales, y a partir de la creación de las Naciones Unidas en 1945, se pudo lentamente (de hecho durante el último cuarto del siglo XX), empezar a implementar Resoluciones tendientes a que el delito de “lavado de dinero”, sea mundialmente castigado. Esto a través del compromiso de todos los países miembros y de la herramienta de la cooperación. Siendo la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, de 1988; o la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional del año 2000, claros ejemplos de las medidas que continúan hasta nuestros días.
Llegando así a la creación de las Unidades de Información o Inteligencia Financiera a partir de las disposiciones del GAFI/FATF, siendo el delito de narcotráfico, como delito precedente al lavado de activos, el gran disparador.
Qué se entiende por terrorismo?.
Según varios autores, la comunidad internacional aún no se ha puesto de acuerdo con respecto a este concepto. A la fecha, ninguna convención internacional ha podido insertar una definición unívoca del término.
Los tratados internacionales se limitan a describir ciertos actos de violencia armada, sin arriesgar una definición concreta; estudiosos de distintas disciplinas conceptualizaron al “terrorismo” desde sus perspectivas particulares: la sociología ve al terrorismo como una modalidad de delincuencia violenta, mientras que desde las ciencias criminológicas y penales se lo ve como un fenómeno de criminalidad organizada, en tanto que otros lo analizan desde la finalidad política que persiga con dichos actos el grupo terrorista (Serrano-Piedecasas, Laura J.R., 2000, pag. 76; citado por Kent, Jorge, LL., del 16 de noviembre de 2005).
Específicamente relacionado a la represión de la financiación del terrorismo se entiende por éste el castigo de las actividades de quien o quienes a través de cualquier modalidad, directa o indirectamente, ilícita y deliberadamente, provea o recolecte fondos con la intención de que se utilicen o, a sabiendas que serán utilizados, en todo o en parte, para ese destino.
¿Qué diferencias existen entre lavado de dinero y la financiación del terrorismo?.
En los últimos años se han impulsado propuestas tendientes a neutralizar las organizaciones criminales mediante la intercepción de sus vías de financiaciónfinanciación del terrorismo como importantes herramientas para conseguir ese fin.
Los dos fenómenos coinciden en gran medida al idear su marco preventivo en torno al principio general de “conozca a su cliente”.
Tanto es así que hoy en día el mundo financiero global observa a ambos como las dos caras de una misma moneda (FMI, BM y BID, en conferencia ante el BCRA, 30/03/2005). Sin perjuicio de lo expuesto se notan diferencias, que yo resumo en decir que, “si con el lavado de activos era importante investigar el origen de los fondos, ahora, en el análisis de la financiación del terrorismo, es esencial identificar el destino del dinero”.
Para desarrollar un poco más a fondo cómo operan, se puede señalar que la financiación del terrorismo puede ocurrir con bienes lícitos o ilícitos, mientras que para el blanqueo el origen de los fondos es siempre ilícito.
Además, la distinción más importante consiste en que el primero engloba un circuito de fases distinto y más amplio (FMI, BM y BID, en conferencia ante el BCRA, 30/03/2005).
Los procesos que podrán transitar los activos que sean destinados a financiar acciones terroristas son básicamente tres:
1.-dinero ilícito que en ningún momento escapa la esfera del mercado secundario o paralelo, es decir, dinero que en ningún momento es “lavado”, ya que su aplicación se digita en todo momento fuera del mercado económico regular;
2.-dinero lícito convertido en ilícito; proceso denominado de “ensuciamiento”, a fin de poder ser utilizado en la clandestinidad;
3.-finalmente, el proceso de lavado de activos provenientes del delito, mediante el cual las células terroristas reciclan en el mercado lícito el dinero proveniente de actos ilegales.
Por lo expuesto, resulta comprensivo el interés de los organismos internacionales en tipificar una figura independiente a la del blanqueo de activos que venga a penalizar a quienes provean o recolecten fondos sin discriminar si son lícitos o ilícitos, a sabiendas de que serán utilizados para cometer actos terroristas.
J.L. Paulucci
Continuamos en la próxima …
Fuente: WWW.UIF.GOV.Ar ; Wikipedia.